martes, 21 de julio de 2020

CUAL ES MI CONVENIO COLECTIVO

En muchas ocasiones me sorprendo como los trabajadores/as  desconocen por completo la importancia de los convenios colectivos. Saber cuál es el convenio colectivo que se aplica a nuestra empresa es necesario , en los convenios colectivos se recogen los derechos y obligaciones de los trabajadores/as  y de la empresa y se contemplan la mayoría de los aspectos reguladores de la relación laboral.

En este artículo voy a intentar sintetizar los contenidos claves de los convenios y os daré la información necesaria para que localicéis el convenio de aplicación en tu empresa o sector.

Qué es un convenio colectivo

Un convenio colectivo es un acuerdo firmado entre los representantes de los trabajadores y el empresario o los representantes de los mismos, como resultado de una negociación colectiva en materia laboral. Mediante el convenio colectivo, empresarios y trabajadores regulan las condiciones de trabajo y pactan obligaciones reciprocas de mantener la paz laboral.

Cuando se contrata a un trabajador debe determinarse en el contrato de trabajo el convenio colectivo aplicable. La  determinación del convenio colectivo de aplicación se hará en función del sector en que desarrolle su actividad la empresa y del área geográfica de la misma, atendiendo siempre a la última actualización publicada del texto del convenio y a su vigencia.

Tipos de convenios colectivos

Cabe distinguir los siguientes dos tipos de convenios colectivos, según su ámbito de aplicación: convenio colectivo de carácter sectorial y convenio colectivo de empresa.

Los convenios colectivos de carácter sectorial, son todos aquellos que se aplican en un sector de actividad económica.

Pueden clasificarse en estas clases:

  • Convenios sectoriales estatales y nacionales.

Son aquellos convenios que afectan a todo el territorio estatal. Son publicados en el Boletín Oficial del Estado. Los participantes en la firma de estos convenios son los sindicatos y las agrupaciones empresariales que alcancen el 10% de representatividad en el sector en el ámbito nacional.

  • Convenios sectoriales autonómicos.

Son los convenios que afectan a una comunidad autónoma de un sector de actividad determinado. Formarían parte de la negociación del convenio, los sindicatos y agrupaciones empresariales que lleguen al 10% de representación en la comunidad autónoma.

  • Convenios sectoriales provinciales.

Son los convenios que afectan a una provincia en un sector de actividad determinado. Participarían en la negociación de este convenio, los representantes de los trabajadores y de los empresarios que alcancen el 10% de representatividad.

  • Convenios sectoriales interprovinciales.

Son los convenios que afectan a varias provincias, bien sean de una misma comunidad autónoma o bien formen parte de distintas regiones. Los negociadores de esta clase de convenios serían los sindicatos y las agrupaciones de empresarios que lleguen al 10% de representación.

  • Convenios sectoriales locales o comarcales.

Son aquellos convenios que bien pueden afectar a una localidad o bien a una comarca, en una clase de actividad económica determinada. Los participantes en la negociación de estos convenios son los representantes de los sindicatos y de las agrupaciones empresariales que alcancen el 10% de representatividad en el ámbito geográfico de que se trate.

Qué convenio debo aplicar

Como he dicho anteriormente, cuando se contrata a un trabajador se debe aplicar el convenio colectivo del sector que corresponda a tu empresa según su ubicación geográfica, pongo un ejemplo si es un empresa en Segovia, deberás en primer lugar ver si existe un convenio colectivo del sector del Transporte Sanitario  a nivel provincial, es decir en Segovia, si no existe se verá la posibilidad que exista un convenio de este sector en la Comunidad Autónoma, es decir, Castilla y León; en caso que tampoco existiera habría que aplicar el convenio colectivo del sector en el ámbito estatal.

Cuál es mi convenio colectivo

En caso de no existir se podrá extender subsidiariamente con carácter excepcional un Convenio de empresa de análogas condiciones económicas y sociales.

viernes, 17 de julio de 2020

SE NOS FUE EUGENIO BAENA

Hoy es un dia muy triste para los que formamos parte de esta gran familia de trabajo. Ha fallecido nuestro amigo y compañero EUGENIO BAENA, en la localidad de Cabra (Cordoba). Estaba destinado en el Centro de Salud de Estepa y llevaba trabajando en la empresa desde el año 2006, aunque ya venia subrogado de otra empresa.

Gran Profesional, buen amigo y una de las personas mas buenas y maravillosas que hemos conocido. Seguro que cuidara de nosotros desde donde este, guardia tras guardia. D.E.P.

miércoles, 15 de julio de 2020

FIRMADO EL CONVENIO ESTATAL DE TRANSPORTE SANITARIO

El convenio, firmado por UGT y la patronal Anea,  tiene naturaleza de Acuerdo Marco y afecta a 30.000 trabajadoras y trabajadores. Tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.

El sector del transporte sanitario tiene sus relaciones laborales establecidas entre el convenio estatal y los convenios autonómicos. Estaba en prórroga desde 2010 y su negociación parada desde 2012. En 2017 se pudo retomar la negociación, que ha culminado con este acuerdo. Entre otros muchos aspectos que mejora destacamos: 

  1. Introduce y pone al día compromisos en materia de conciliación y protección a la maternidad/paternidad.
  2. Garantía de subrogación. Blinda el empleo y la antigüedad ante cambios de concesión del servicio público de transporte sanitario.
  3. Protege y garantiza las condiciones más beneficiosas de los convenios de ámbito inferior y su ultraactividad.
  4. Sienta las bases de la transformación de las categorías de transporte a sanitarios, introduciendo, entre otros, al TES (Técnico de Emergencias sanitario).
  5. Reduce la jornada máxima ordinaria anual 32 horas.
  6. Garantiza que las empresas no puedan realizar descuelgue salarial del convenio autonómico al estatal.
  7. Refuerza y complementa la negociación colectiva de ámbito inferior.
  8. Reduce la precariedad en el empleo estableciendo la contratación en prácticas solo para aquellas empresas que tengan el 80% de la plantilla fija. Y de estos contratos estará obligada a hacer al menos al 25% de los mismos fijos.

Este convenio refleja el compromiso de esta organización de trabajar para la mejora de las condiciones de trabajo y de los derechos de los trabajadores del sector, así como en la profesionalización de los mismos para dar respuesta a las necesidades de los servicios sanitarios.

Lo haremos también desde las comisiones de seguimiento y de la creación del Observatorio Sectorial del Transporte Sanitario.


miércoles, 27 de mayo de 2020

NOS SUMAMOS AL LUTO OFICIAL

La FeSP-UGT se suma al luto oficial de 10 días anunciado por el Presidente del Gobierno y que ha sido aprobado en la reunión del Consejo de Ministros de esta mañana.
El sindicato hace propio que el duelo, que comienza mañana, como un sentido homenaje a las víctimas causadas por la pandemia de COVID19 y un mensaje de solidaridad, apoyo y cariño a familiares y amigos por la pérdida de sus seres queridos.

UGT lamenta el dolor y el sufrimiento de la sociedad española y expresa su solidaridad y apoyo a todas las personas que han sufrido y sufren esta enfermedad, a los que desea una pronta recuperación, a todos los que padecen las consecuencias sociales, laborales y económicas de esta crisis, a los que seguirá apoyando con todos sus medios, y a todos los trabajadores y trabajadoras de los servicios esenciales, que sin dudarlo han dedicado todos sus esfuerzos a ayudarnos a superar esta pandemia, y que muchos han dado su vida como consecuencia de su labor.

miércoles, 20 de mayo de 2020

USO OBLIGATORIO DE LAS MASCARILLAS EN LA VIA PUBLICA


El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado esta mañana la nueva orden del Ministerio de Sanidad mediante la cual a partir del jueves y mientras dure el estado de alarma o sus posibles prórrogas será obligatorio el uso de la mascarilla en la vía pública,  ampliando su uso por parte de la población en todas las situaciones más allá de su uso en los  transportes públicos como estaba establecido hasta el momento.
  • Habrá que llevar mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.
  • Esta orden afecta a la población general a partir de 6 años (pero se recomienda a partir de los 3 años).
Tipos de mascarillas a utilizar
  • El BOE indica que se usará cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca.
  • Si bien añade que se observarán, en todo caso, las indicaciones de las autoridades sanitarias acerca de su uso, ya que puede haber excepciones y/o recomendaciones especiales para grupos especialmente vulnerables.
Excepciones
El uso obligatorio de mascarillas se aplicará desde los seis años en adelante, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años. Ahora bien, la orden también contempla excepciones para cubrir a los grupos de población que podrían tener problemas derivados de su uso.
  • Aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla y a aquellas cuyo uso se encuentre contraindicado por motivos de salud o discapacidad que presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
  • Su uso no será exigible en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas, así como en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
El uso de mascarillas ayuda a reducir la transmisión del virus por su eficacia demostrada para bloquear la emisión de gotas infectadas, pero es un complemento a otras medidas de prevención básicas como el mantenimiento de la distancia interpersonal o la higiene de manos, que no deben descuidarse.
Adjuntamos el BOE en el que se establece el uso obligatorio de mascarillas por parte de la población y el documento elaborado por el Ministerio de Consumo con las especificaciones de las mascarillas.

martes, 5 de mayo de 2020

YA NO HAY DESCUENTOS

Compañer@s como habéis comprobado este mes en el pago de la nomina ya NO VIENE ningún tipo de recorte salarial, esto esta acorde con el acuerdo que se cerro en la ultima sesión de convenio colectivo de Andalucía, donde se cerro definitivamente este capitulo.


UGT siempre esta apostando por regularizar todas las situaciones, y os damos las gracias a los trabajadores/as de esta empresa por su apoyo y comprensión. Siempre estaremos agradecidos a todos ustedes por ayudarnos a realizar nuestro trabajo, siempre entendiendo que lo nuestro no es nada fácil nunca y que siempre estamos a favor de los trabajadores.

Ahora, cuando salgamos de esta, toca cerrar el convenio colectivo que también traerá mejoras de distinta Indole.

"Incumplimientos, falta de vehículos, flota envejecida" ¿HASTA CUÁNDO?

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