martes, 29 de mayo de 2012

Los vehiculos de Transporte Sanitario por carretera introduciran innovaciones tecnologicas y de personal

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el proyecto de Real Decreto por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera. Esta aprobación supone, en opinión del Ministerio de Fomento "introducir, entre otras, innovaciones tecnológicas y de formación profesional que mejoran el transporte sanitario con respecto a las normas anteriores que regulan el sector".

Este Real Decreto supone, en opinión del Ministerio de Fomento, "introducir, entre otras, innovaciones tecnológicas y de formación profesional que mejoran el transporte sanitario con respecto a las normas anteriores que regulan el sector"
 
Clases de vehículos de transporte sanitario por carretera

El Real Decreto contempla una nueva clasificación de los vehículos:
Ambulancias no asistenciales, no acondicionadas para la asistencia sanitaria en ruta, que pueden ser de clase A1, para el transporte de pacientes en camilla y A2 o de transporte colectivo, para el traslado de enfermos no considerados urgentes ni aquejados de enfermedades infecto-contagiosas.
Ambulancias asistenciales, acondicionadas para la asistencia técnico-sanitaria en ruta, que pueden ser de clase B, para proporcionar soporte vital básico y atención sanitaria inicial y de clase C, para proporcionar soporte vital avanzado.

Características de los vehículos 

Los vehículos de transporte sanitario, además de las normas sobre identificación y señalización, documentación obligatoria, requisitos de equipamiento, homologación y célula sanitaria, deberán adaptarse a las condiciones de la norma UNE-EN 1789:2007 + A1: 2010. Por ello, se deberán incorporar, en caso de ambulancias asistenciales, dispositivos de transmisión de datos y localización GPS con su Centro de Coordinación de Urgencias, y se deberá garantizar la comunicación de localización del vehículo con el Centro del Tráfico correspondiente.
Las empresas tienen dos años desde la entrada en vigor del Real Decreto para cumplir con los requisitos de cada uno de los vehículos y el plazo se alarga hasta cinco para aquellas que ya son titulares de autorizaciones de transporte sanitario.

Dotación de personal 

El Real Decreto también contempla los requisitos mínimos con respecto al personal según el tipo de vehículos:
Las ambulancias no asistenciales de clases A1 y A2 deberán contar, al menos, con un conductor que esté en posesión del certificado de profesionalidad de transporte sanitario (previsto en el Real Decreto 710/2011) y, cuando el tipo de servicio lo requiera, otro en funciones de ayudante con la misma cualificación.
Las ambulancias asistenciales de clase B deberán contar, al menos, con un conductor en posesión del título de formación profesional de técnico en emergencias sanitarias (previsto en el Real Decreto 1397/2007, o título extranjero homologado o reconocido) y uno en funciones que ostente, como mínimo, la misma titulación.
Las ambulancias asistenciales de clase C deberán contar, al menos, con un conductor en posesión del título de formación profesional de técnico en emergencias sanitarias (o título extranjero homologado o reconocido), con un enfermero titulado y, cuando la asistencia lo requiera, con un médico titulado (o título extranjero homologado o reconocido).
Este Real Decreto establece también el proceso de adaptación del personal a los nuevos requisitos de formación y contempla las necesidades de personal en las empresas o entidades correspondientes que, en este caso, determinarán los Ministerios de Fomento y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

jueves, 17 de mayo de 2012

MOVILIZACIONES

 Para esta semana que entra, aparte de la manifestación sobre los recortes en la enseñanza de el día 22 de Mayo, habrá otras concentraciones que os paso a  enumerar:

Día 22 Mayo concentración ente las subdelegación de Gobierno sita en Pza. de España Torre Norte a las 12 horas , en defensa del Estado de Bienestar, convoca la Federación, Jubilados y Prejubilados de UGT Sevilla.

Día 23 de Mayo concentración Nocturna desde las 22, 00 hasta las 1,00 del Jueves 24 de Mayo ante el Ayuntamiento de Sevilla, sobre la reforma laboral y convoca UGT y CC.OO.

Día 24 de Mayo  concentración  de Delegados y Delegadas a las 12,00 en la Subdelegación del Gobierno en Pza. España Torre Norte. sobre la reforma laboral.

UGT INFORMA: REFORMA DE LAS ZONAS DE ESTAR Y DESCANSO HOSPITALES MACARENA Y MUÑOZ CARIÑANO

COMPAÑEROS/AS  Queremos mostraros con un breve video como han quedado las zonas de descanso y de estar de los Hospitales Muñoz Cariñano y de...