miércoles, 8 de octubre de 2014

PERMISO C

Compañeros ante las dudas generadas por la orden de la empresa sobre la obligariedad de la obtención del permiso de conducción tipo C, el comité quiere exponer su punto de vista y poder aclarar si cabe las dudas generadas a toda la plantilla, ya que son muchas las llamadas diarias y de esta manera intentaremos dar luz a este caso.

El permiso que marca la ley sobre que tipo de carnet debemos de tener para conducir ambulancias es el BTP. Todo vehículo que exceda de 3.500 kg sera necesario el permiso de conducir C. Ahora bien, hemos pedido por escrito a la dirección de la empresa la relación de vehículos que cumplan la pesquisa del permiso C y todavía no tenemos información alguna. .

Decir que es Comité de Empresa, cree que todo el que pueda y quiera, debería de sacarse este tipo de permiso, pero teniendo claro que ahora mismo y mientras no se pruebe lo contrario NO ES OBLIGATORIO.

UGT INFORMA: REFORMA DE LAS ZONAS DE ESTAR Y DESCANSO HOSPITALES MACARENA Y MUÑOZ CARIÑANO

COMPAÑEROS/AS  Queremos mostraros con un breve video como han quedado las zonas de descanso y de estar de los Hospitales Muñoz Cariñano y de...